domingo, 3 de mayo de 2009

DURACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES

Las medidas que se pueden aplicar a los menores no pueden exceder de dos años. En el caso de que los menores tuvieran 14 o 15 años, las medidas pueden ampliarse hasta tres años, pero si tienen 16 o 17 años se podrá ampliar a seis años. Cuando el hecho revista extrema gravedad, el Juez debe imponer una medida de internamiento en régimen cerrado de uno a seis años, complementada sucesivamente con otra medida de libertad vigilada con asistencia educativa hasta un máximo de cinco años.

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